DECRETO 1290 DE 2009

 El Decreto 1290 de 2009 es una normativa del Ministerio de Educación Nacional de Colombia, que establece las directrices para la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes en los niveles de educación básica y media.

Objetivos del Decreto

  1. Reglamentar la evaluación del aprendizaje: Establece las normas para la evaluación del rendimiento académico de los estudiantes.
  2. Establecer criterios de promoción: Define los criterios bajo los cuales los estudiantes pueden ser promovidos al siguiente nivel educativo.
  3. Autonomía institucional: Permite a las instituciones educativas definir sus propios sistemas de evaluación y promoción, dentro del marco establecido por el decreto.

Articulo 1. 
El Artículo 1 del Decreto 1290 de 2009 establece un marco general para la evaluación del aprendizaje de los estudiantes en Colombia, promoviendo una evaluación integral, continua, participativa, transparente y equitativa, orientada a mejorar la calidad educativa y el desarrollo integral de los estudiantes.

Características de la Evaluación:

  1. Integralidad: Debe considerar todos los aspectos del desarrollo del estudiante, incluyendo conocimientos, habilidades, actitudes y valores.
  2. Continuidad: La evaluación debe ser un proceso permanente y sistemático a lo largo del año escolar.
  3. Participación: Debe involucrar activamente a todos los actores del proceso educativo, incluidos estudiantes, docentes y padres de familia.
  4. Transparencia: Los criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación deben ser claros y conocidos por todos los implicados.
  5. Equidad: Debe garantizar la igualdad de oportunidades para todos los estudiantes, respetando sus diferencias individuales.


Artículo 3.
PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES  

Estos propósitos están orientados a asegurar una educación integral y de alta calidad para todos los estudiantes:

  • Identificar el Grado de Desarrollo de Competencias
  • Promover el Mejoramiento de los Procesos Educativos
  • Informar el Progreso del Estudiante
  • Tomar Decisiones sobre la Promoción
  • Ajustar el Currículo y la Planificación Pedagógica
  • Fomentar la Autoevaluación y la Autorregulación del Aprendizaje
  • Garantizar la Equidad y la Calidad Educativa


Articulo 4. 
Definición del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes debe contener: 
  1. Los criterios de evaluación y promoción. 
  2. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional. 
  3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes. 
  4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. 
  5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. 
  6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes
  7. . Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación. 
  8. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. 
  9. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación. 
  10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. 


Articulo 5.
Escala de valoración nacional.
El Artículo 5 del Decreto 1290 de 2009 establece una escala de valoración nacional cualitativa que clasifica el desempeño de los estudiantes en cuatro niveles: superior, alto, básico y bajo. 

Esta escala proporciona un marco uniforme para evaluar y comunicar el progreso de los estudiantes, al mismo tiempo que permite a las instituciones educativas ajustar y detallar los criterios e indicadores específicos según su contexto.


Articulo 8. 

Creación del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.

Cada establecimiento educativo debe diseñar y adoptar su propio Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE), en consonancia con las disposiciones del presente decreto y el Proyecto Educativo Institucional (PEI).




El SIEE debe incluir, como mínimo, los siguientes aspectos:
  • Definir los criterios claros y específicos para la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes.

  • Utilizar la escala de valoración nacional (desempeño superior, alto, básico y bajo).

  • Establecer estrategias y mecanismos para el seguimiento continuo del proceso de aprendizaje de los estudiantes.

  • Especificar los procedimientos para la recolección, análisis y utilización de la información derivada de la evaluación del aprendizaje.

  • Desarrollar espacios y estrategias para la socialización del SIEE con la comunidad educativa, incluyendo estudiantes, padres de familia y docentes, fomentando su participación activa en la construcción y revisión del sistema.

  • Definir los medios y tiempos para la comunicación de los resultados de la evaluación a estudiantes y padres de familia.

  • El SIEE debe ser objeto de revisión y ajuste periódico, con la participación de la comunidad educativa, para garantizar su alineación con los objetivos del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y las necesidades de los estudiantes.


Articulo 9.
Responsabilidades del Ministerio de Educación Nacional.


  1. Publicar información clara y oportuna sobre los resultados de las pruebas externas tanto internacionales como nacionales.
  2. Expedir y actualizar orientaciones para la implementación del sistema institucional de evaluación. 
  3. Orientar y acompañar a las secretarías de educación del país en la implementación del presente decreto.  
  4. Evaluar la efectividad de los diferentes sistemas institucionales de evaluación de los estudiantes.


Articulo 11. 
Responsabilidades de los establecimientos educativos. 
El Artículo 11 del Decreto 1290 de 2009 describe las responsabilidades que tienen los establecimientos educativos en relación con la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes.

Algunas de estas responsabilidades son las siguientes: 
  • Diseño e Implementación del SIEE
  • Garantizar la Participación de la Comunidad Educativa
  • Establecer Criterios y Procedimientos de Evaluación y Promoción
  • Realizar el Seguimiento y Apoyo al Proceso de Aprendizaje
  • Comunicación de Resultados de Evaluación
  • Capacitación y Actualización del Personal Docente

  • Revisión y Ajuste del SIEE

  • Documentación y Conservación de los Registros de Evaluación


Articulo 12. Derechos de los estudiantes. 


Articulo 13. Deberes de los estudiantes. 



 Articulo 14. Derechos de los padres de familia

1. Conocer el sistema institucional de evaluación 
 2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes. 
 3. Recibir los informes periódicos de evaluación. 
 4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes


Articulo 15. Deberes de los padres de familia. 

l. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar 
2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos. 
3. Analizar los informes periódicos de evaluación.




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